Decisión Marco 2002/465/JAI del Consejo de 13 de junio de 2002 sobre equipos conjuntos de investigación
- Información general
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Fecha de entrada en vigor en España:23/05/2003
Fecha de publicación oficial:20/06/2002
Países:Alemania, Austria, Bulgaria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia.
Información relacionada:
- Normativa española / Normas relacionadas
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Trasposición en España:
- Observaciones sobre el instrumento
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Para que resulte de aplicación en un Estado miembro, es necesario que éste haya desarrollado en su ordenamiento interno la DM. El plazo de transposición concluía el día 1 de enero de 2003.
Esta Decisión Marco 2002/465/JAI dejará de estar vigente cuando todos los Estados Miembros hayan suscrito el Convenio UE 2000 de Asistencia Judicial, en cuyo art. 13 se regula esta figura, sustituyendo a la DM.
Los instrumentos de la UE en materia de cooperación jurídica internacional penal (Convenios, Directivas y Decisiones Marco) no resultan de aplicación a los territorios extraeuropeos del Reino de los Países Bajos (Aruba, Curaçao y Sint Maarten) ni a los territorios de la parte caribeña del Reino de los Países Bajos (Bonaire, Saba y Sint Eustatius). Respecto de todos estos territorios sí resultan de aplicación los instrumentos convencionales de cooperación jurídica internacional en materia penal del ámbito del Consejo de Europa y de otros ámbitos (como la ONU), de acuerdo con el contenido de las concretas declaraciones efectuadas por el Reino de los Países Bajos en relación con dichos instrumentos convencionales.
- Materias relacionadas
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- Equipos conjuntos de investigación
- Documentación