Reglamento (CE) n° 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007 , relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil (notificación y traslado de documentos) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1348/2000 del Consejo

Información general

Fecha de entrada en vigor en España:13/11/2008

Fecha de publicación oficial:10/12/2007

Países:Alemania, Austria, Bulgaria, Bélgica, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia.

Información relacionada:

Desarrollo de las normas

Este reglamento queda derogado por el Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 relativo a la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos»), a partir de su fecha de aplicación, excepto los artículos 4 y 6 del presente Reglamento (CE) 1393/2007, que quedan derogados a partir de la fecha de aplicación de los arts. 5, 8 y 10 a que se refiere el art. 37.2, ap. 2, del presente Reglamento 2020/1784 (d. derog).

 

Observaciones sobre el instrumento

En Dinamarca fue de aplicación desde el 1 de Julio de 2007, el Reglamento CE 1348/2000 DEL CONSEJO, de conformidad con lo previsto en el “Acuerdo entre la Comunidad Europea y Dinamarca relativo a la notificación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil y mercantil” (Diario Oficial nº L 94/70 de 4/4/2007 y nº L 300 de 17/11/2005, pág. 55) “.De conformidad con el artículo 3, apartado 2, de dicho Acuerdo, Dinamarca, mediante carta de 20 de noviembre de 2007, notificó a la Comisión su decisión de aplicar el contenido del Reglamento (CE) no 1393/2007. ( DO L 331 , de 10 .12. 2008 . p.21). Por ello desde su entrada en vigor , dicho Reglamento (CE) no 1393/2007, es de aplicación en Dinamarca.

En España entra en vigor a partir del 13 de noviembre de 2008, a excepción de lo regulado en el artículo 23 (información que suministran los Estados a la Comisión, designación de autoridad central, etc.….).

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