Convenio XXXVIII de la Haya, de 23 de noviembre de 2007, sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros Miembros de la Familia

Información general

Fecha de entrada en vigor en España:01/01/2013

Países:Albania, Alemania, Austria, Azerbaiyán, Belarús, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brasil, Bulgaria, Bélgica, Canadá, Chipre, Croacia, Ecuador, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Filipinas, Finlandia, Francia, Gibraltar (a efectos prácticos), Grecia, Guyana, Honduras, Hungría, Irlanda, Italia, Kazajstán, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Serbia, Suecia, Turquía, Ucrania.

Información relacionada:

Normativa española / Normas relacionadas

Sustituye entre los estados contratantes a los Convenios de La Haya 15.04.19582.10.1973 sobre reconocimiento y ejecución, salvo si las condiciones de éstos son más favorables en relación con sentencias dictadas antes de la entrada en vigor del Convenio de 2007 (para España el 1.08.2014) respecto del Estado de origen siempre que sea también parte en el Convenio de 2007.

Sustituye a la Convención de Nueva York de 20.06.1956 entre los estados parte del Convenio de 2007.

Dado el principio de primacía entre los Estados de la Unión Europea se aplica el régimen previsto en el Reglamento 4/2009.

Observaciones sobre el instrumento

Declaración de Reino Unido relativa a su aplicabilidad a Gibraltar

 

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