Asistencia jurídica gratuita
Convenio Europeo relativo a la transmisión de solicitudes de asistencia jurídica gratuita, hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1977
- Información general
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Fecha de entrada en vigor en España:
30/12/1985Fecha de publicación oficial:
21/12/1985Países:
Albania, Austria, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República de Macedonia del Norte, Rumanía, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania.Información relacionada:
- Observaciones sobre el instrumento
- Requisitos
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Ámbito de aplicación:
Proporcionar a cualquier persona que tenga su residencia habitual en el territorio de uno de los Estados contratantes, asistencia jurídica en materia civil, mercantil o administrativa, en el territorio de otro Estado contratante.
Requisitos formales:
Documentos a incluir:
- La solicitud: no se exige formulario.
- Todos los documentos necesarios en que se funda la solicitud.
No hace falta legalización ni formalidad análoga.
Idioma:
La solicitud y los documentos que se acompañan deberán ir redactados en la lengua, o una de las lenguas oficiales del Estado requerido, o ir acompañada de una traducción al inglés o al francés.
Formas de transmisión:
Las solicitudes se dirigirán a la Autoridad central encargada de recibirlas, quien las hará llegar a la Autoridad central competente en el Estado requerido.
La Autoridad central receptora lo remitirá al órgano competente que haya de resolver sobre la solicitud.
Órganos emisores y receptores:
Cada Estado designará una Autoridad central encargada de recibir las solicitudes de asistencia jurídica gratuita.
España ha designado como Autoridad central competente para tramitar las solicitudes a la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Ministerio de Justicia, San Bernardo, 62, 28015 Madrid, España. Fax: 91-3904457.
Resto de estados parte consultar las Declaraciones y reservas formuladas.
Última modificación: 29/04/2008